Edil de Suchilquitongo no podrá reelegirse; lo inhabilita el TEPJF

Por Juan Carlos Medrano|Tiempo|agosto 7, 2020 5:00 pm. Magistrados de la Sala Xalapa del TEPJF inhabilitaron al presidente municipal de Santiago Suchilquitongo, Julio César Rodríguez López, para ser postulado a un cargo de elección popular en los comicios del 2020-2021.

Lo anterior, al confirmar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que, entre otras cuestiones, determina que el presidente municipal de Santiago Suchilquitongo ejerció violencia política en razón de género en contra de dos síndicas.

Ante ello, y como medida de no repetición, declaró al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), la pérdida de la presunción de tener un modo honesto de vivir del referido funcionario.

El Pleno de la Sala Regional indicó que, contrario a lo expresado por el presidente municipal, de los autos del expediente local se advierten elementos suficientes para acreditar que obstruyó el cargo de las síndicas, así como los mecanismos que se implementaron para restituir sus derechos.

Por ello, se concluyó que fue correcta la determinación del TEEO de declarar que el presidente municipal ha perdido la presunción de contar con un modo honesto de vivir debido a que incurrió en violencia política en razón de género.

Los magistrados y magistrada de la Sala Regional indicaron que, contrario a lo expresado por el presidente municipal, de los autos del expediente local se advierten elementos suficientes para acreditar que obstruyó el cargo de la Sindica, Concepción Pinelo Caballero y su suplente.

Rodríguez López, fue quien recurrió a la Sala Regional Xalapa para que revocara la sentencia del TEEO, y determinara que no cometió violencia política en razón de género y declarará que mantiene la presunción de que tiene un modo honesto de vivir para que pudiera participar en las próximas elecciones, porque en su consideración no se acreditó el motivo de género ni la violencia que le atribuyeron y que, en su caso, la medida es desproporcional, por lo que solicitaba su inaplicación.

Sin embargo, los magistrados confirmaron la sentencia del TEEO porque el presidente municipal obstruyó el cargo de las síndicas propietaria y suplente, así como los mecanismos que implementaron para destituirlas en sus derechos, lo cual reafirma estereotipos discriminatorios que justifican la declaración de que ha perdido la presunción de contar con un modo honesto de vivir, al haber incurrido en actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.

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